El Jurado Nacional de
Elecciones abrió procedimiento sancionador en contra de los titulares del
pliego de los municipios distritales de Santa María y Huaura, Juan Carlos García Romero y Jacinto Romero
Trujillo Respectivamente, por no dar
cuenta sobre la difusión de publicidad estatal que vienen efectuando en la
presente campaña de Elecciones Regionales y Municipales.
según la resolución emitido por
los colegiados del JNE, estipula que las referidas publicidades registran,
asimismo, los nombre, imágenes y cargo de la autoridad local, cosa que está
prohibida por la Ley Orgánica de Elecciones y el Reglamento de Publicidad
Estatal en período electoral, es así que mediante resoluciones suscritas por la
Dirección Central de Gestión Institucional (DCGI), se dispuso remitir a ambos
municipios, los informes elaborados por la Dirección Nacional de Fiscalización
y Procesos Electorales sobre las supuestas faltas, con la finalidad de que, en
plazo de dos días útiles, efectúen sus respectivos descargos y remitan la
documentación pertinente.
Los cuestionamientos
referente al presunto uso indebido de los recursos del estado serian referente a
los paneles publicitarios ubicados en los centros de salud Santa María (avenida
libertad) y en el sector de Luriama, correspondiente al mes de marzo del
presente año; también similares anuncios en el sector los molinos en una obra
de áreas verdes y veredas, así como en la obra de agua y desagüe por inmediaciones
del circulo de Cruz Blanca, mientras que en el distrito de Huaura, se hace
referencia a la obra en construcción de la casa de la cultura.
Dichos informes de
fiscalización agregan que los actuales alcaldes distritales tampoco han
acreditado el carácter de impostergable necesidad o utilidad pública de sus
publicidades materia de denuncia electoral, las cuales constituyen casos de
excepción. Igualmente, el máximo organismo electoral ordena se proceda al
retiro temporal de la publicidad estatal denunciada, dentro de
las 48 horas, luego de notificada la presente resolución.
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