En
sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizado en la ciudad de Huacho,
se aprobó el dictamen emitido por la Comisión ordinaria de fiscalización, sobre
el caso del señor Pedro Minaya Bazán, gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur,
que para ocupar el cargo que viene desempeñándose
en su hoja de vida no ostenta título profesional.
De acuerdo a los
considerandos del dictamen se concluyó que el Sr. Pedro Minaya, no cumple con
el perfil para dirigir y supervisar la unidad ejecutora lima sur que exige el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de Organización y Funciones (MOF),
a todo funcionario público.
En ese
sentido se pide la nulidad de la Resolución ejecutiva regional n° 055-2015-PRES,
por no estar arreglada conforme a lo dispuesto por el decreto supremo n°
017-96-PCM.
Respecto
al caso del sr. Víctor Enrique Mancini Echevarría, actual administrador de la
Unidad Ejecutora Lima Sur, mediante acuerdo regional n°121-2015- CR/GRL se
aprobó las recomendaciones dadas por la comisión de fiscalización, control,
reglamento, ética y medidas disciplinarias, mediante el informe n°
002-2015-co-fcremd-CR/GRL, recomendando el
cese del citado funcionario, por el límite de edad para ejercer dicho cargo público,
contemplado en el Decreto Legislativo N° 728 del régimen laboral.
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