martes, 30 de junio de 2015

FEDERACIÓN DE PERIODISTAS ENVÍA CARTA NOTARIAL A NELSON CHUI POR DEUDA

El presidente de la Federación de Periodistas del Perú, Ángel Sánchez Dueñas, en su legitimo derecho viene dando a conocer que ha hecho llegar una  Carta notarial al gobernador regional de Lima provincias,  Nelson Chui Mejía,  por incumplimiento  de pago de alquiler de las oficinas donde vienen funcionando la Dirección regional de formalizacion de la propiedad rural, en el edificio institucional de la FPP, ubicado en el la ciudad de Lima, acumulándose una deuda por 6 meses, por varios miles de soles, que aún no son cancelados, pese a existir  un contrato de arrendamiento. 

CARTA NOTARIAL
SEÑOR:
Ing. NELSON CHUI MEJIA
Gobernador Regional de Lima
Domicilio: Túpac Amaru 405 – Huacho, provincia de Huara - departamento de Lima. Telf.: 232-3197 / 232-5999
Presente.-



ASUNTO: INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE SEIS MESES DE SERVICIO DE ALQUILER DE LOCAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL

REF: CONTRATO N° 093-2014-GRL



                                   ANGEL ARMANDO SANCHEZ DUEÑAS, en mi calidad de Presidente de la gloriosa Federación de Periodistas del Perú (FPP), luego de expresarle mi cordial saludo,  me dirijo a usted para manifestarle lo siguiente: 

                                   PRIMERO.- Que mi representada ha celebrado un contrato de arrendamiento con la entidad pública a su cargo respecto a los pisos cuarto y quinto del edificio de propiedad de la FPP sito en la Av. Abancay 173 – Lima Cercado, provincia y departamento de Lima, conforme a los términos y condiciones estipulados en el contrato respectivo (CONTRATO N° 093-2014-GRL), debidamente suscrito por los representantes legales de ambas partes, donde funciona la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural del GRL.

                                   SEGUNDO.- Es el caso que dicho contrato ha vencido el mes de diciembre de 2014 y se ha producido la prórroga automática del mismo al continuar la entidad a su cargo haciendo uso efectivo de los ambientes arrendados.

                                   TERCERO.- En tal sentido, previo trato directo con los funcionarios competentes de la DIREFOR director señor Víctor Castillo Sánchez y el Sub Director es Orlando Vela Libia, se acordó suscribir las adendas correspondientes por los meses de enero a marzo de 2015 y luego por los meses de abril a junio de 2015.

                                   CUARTO.- Es el caso, señor Gobernador Regional que mi representada cumplió con suscribir la adenda por los meses de enero a marzo de 2015, que me fue entregada por vuestros funcionarios competentes, sin embargo hasta la fecha no me ha sido devuelta el original debidamente suscrito por el representante legal autorizado de vuestra entidad, así como tampoco se ha cumplido con proyectar (al menos no que tengamos conocimiento) la siguiente adenda por los meses de abril a junio de 2015.

                                   QUINTO.- De otro lado,  se ha cumplido con emitir  y hacer llegar formalmente mediante documento cuyo cargo consta en nuestro poder, las facturas correspondientes desde enero hasta junio del presente año, las cuales se encuentran impagas, generando además de un grave perjuicio económico a mi representada por el lucro cesante, dificultades tributarias que nos veremos obligados a comunicar a la entidad correspondiente en caso de persistir, toda vez que habiendo sido emitidas oportunamente las facturas correspondientes aun no podemos señalar para efectos tributarios la fecha de cancelación de las mismas, causándonos inconsistencias contables y tributarias que son de exclusiva responsabilidad de su entidad para todos los efectos legales.

                                   SEXTO.-  Si bien es cierto conforme a las cláusulas del contrato y a la nueva legislación aplicable que hace mucho más expedita la posibilidad de dejar sin efecto el contrato, proceder al desalojo correspondiente y requerir el pago más los intereses y gastos ocasionados pudiendo optar por las medidas cautelares que fueran más satisfactorias para recuperar la acreencia, es nuestro deseo culminar en buenos términos la relación contractual establecida entre ambas partes.

                                   SETIMO.- Por lo precedentemente expuesto solicitamos a  usted ordenar a quien corresponda proceda a cancelar íntegramente los meses de arrendamiento que nos adeuda teniendo en cuenta las facturas que oportunamente han sido emitidas y obran en poder de su entidad, así como regularizar la suscripción de las adendas respectivas, conforme a ley.

                                   Agradeciendo de antemano su atención a la presente, y estando a la espera de su amable rectificación, me despido de usted;

                                   Atentamente:
Lima, 10 de Junio de 2015.


ANGEL ARMANDO SANCHEZ DUEÑAS
Presidente
Federación de Periodistas del Perú 



Domicilio para remitir su respuesta: Av. Abancay N° 173 – Tercer Piso, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima




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