El doctor César Gallegos
Solís, preside el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo de la
José Faustino Sánchez Carrión de Huacho, órgano encargado de elaborar el
Reglamento de Elecciones para la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional
José Faustino Sánchez Carrión, asimismo de convocar, conducir y proclamar los
resultados del proceso electoral conducente a elegir a los Miembros de la
Asamblea Estatutaria en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la nueva Ley
Universitaria N° 30220.
El Comité Electoral
Universitario Transitorio y Autónomo está integrado además por los catedráticos
Olimpia Martha Camarena Lino y Nilo Tello Pandal en su condición de docentes
principales, en tanto que por los docentes asociados están: Luis Manuel Peralta
Aguilar y Edwin Guillermo Gálvez Torres y como docente auxiliar, Walter Carlos
Velásquez Córdova.
Los estudiantes están
representados por, Sandra Luisa Villafuerte Castro, Kevin Ramírez Trujillo y
William Vásquez Rosales. En su caso, ellos cumplen con lo que dispone la ley:
“Representa a las facultades con mayor número de alumnos y ser el primer
lugar en el promedio ponderado de sus respectivas facultades”.
LA ELECCIÓN
El Comité Electoral
Universitario Transitorio y Autónomo, fue designado mediante resolución
rectoral N° 1101-2014-UNJEC de fecha 14 de julio del 2014, lleva la firma del
rector Luis Baldeos Ardián y del Secretario General, Jaime Rodríguez Carranza y
tiene un plazo máximo de 25 días calendario para desarrollar el proceso
electoral en la Faustino.
De acuerdo a la nueva norma,
la Asamblea Estatutaria una vez proclamada asumirá la función de Asamblea
Universitaria el tiempo que dure en establecer un nuevo Estatuto Universitario
y proclamar a la próxima Asamblea Universitaria, proceso que durará 55 días
calendario como máximo. El periodo de transición a partir de hoy debe demorar
solo 90 días.
Si bien el Comité Electoral
fue designado, éste aún no se ha podido instalar debido a que el docente Nilo
Tello Pandal, renunció al mismo por lo que en las próximas horas se designará a
quien lo reemplazará, después de ello recién podrá instalarse este grupo de
trabajo encargado de ejecutar la nueva Ley Universitaria 30220, acto que debe
concretarse a la brevedad posible.
Es importante precisar que
de acuerdo a la nueva norma universitaria, el Rector y los vicerrectores de las
universidades públicas son elegidos por lista única para un periodo de 5 años
por votación universal de docentes ordinarios a quienes les corresponde dos
tercios de la votación y los estudiantes matriculados quienes tienen un tercio
de la votación.
La elección es válida solo
si participan el 60% de docentes y el 40% de alumnos, y se declara ganadora a
la lista que logre el 50% más 1 de los votos. De no alcanzar esa cifra se
realizará una segunda vuelta en un plazo no mayor a 60 días entre las 2 listas
que hayan tenido la mayor votación.
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