La Segunda Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de
Justicia de Lima, integrada por los Magistrados Flores Vega, Bascones
Gómez-Velásquez y Barreto Herrera, expidieron la Resolución No. 244 en donde confirman
por unanimidad la sentencia y fallan condenando a Eduardo Nuñez Camara y Carlos
Rivas Urteaga como autores del delito contra el patrimonio – fraude en la
administracion de personas juridicas, y les imponen tres años de pena privativa
de la libertad (suspendida por el mismo periodo de prueba).
Asimismo, FIJAN en Cuatrocientos Mil nuevos soles el monto que por
reparación civil deberán de pagar a los agraviados, entendiéndose; que por
haber sido la Empresa Agraria Azucarera Andahuasi SAA. la que ha cubierto todos
los gastos de este proceso sea la receptora de dicha compensación económica.
Esta sentencia marca un hito en la lucha que sostiene la empresa contra
los sentenciados Nuñez Cámara y Rivas Urteaga, y contra quienes fueron los
beneficiados directos de la estafa; el Grupo Wong, por cuanto se cae la mentira
que pregonaban acerca de la legalidad que había tenido la compra-venta de acciones
de Industrial Andahuasi.
El fallo reafirma que, efectivamente, hubo delito en la mencionada venta
y que esta afectó el patrimonio de la empresa Andahuasi. Además, cabe mencionar
que en este tipo de delitos tanto el vendedor como los compradores (en este
caso, los hermanos Wong) sabían perfectamente que la operación era ilegal.
Del mismo modo, la sentencia trae abajo los argumentos de Rivas y Nuñez
y de sus socios, los hermanos Wong, quienes siempre sostuvieron que la venta,
realizada el 14 de mayo del 2009, fue perfectamente legal. Así, la actuación de
jueces y fiscales que admitieron denuncias y demandas a favor del Grupo Wong
resulta sospechosa. De igual manera, es un llamado de atención para la
Superintendencia de Mercados de Valores que no se habría percatado de lo
irregular de la operación.
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