Autoridad
Nacional del Agua y el ALA Huaura ponen al descubierto a “padre de la patria” que
lejos de predicar con el buen ejemplo vendría aprovechándose de grandes cantidades
del recurso hídrico incumpliendo la ley.
Mientras miles de
agricultores hoy en día pasan penurias para conseguir un poco de agua para
irrigar sus campos de cultivos y hasta son restringidos en el uso del vital
liquido; algunos personajes que al parecer gozan de ciertas influencias como el
Congresista fujimorista Elard Melgar, han venido haciendo uso y abuso del agua;
situación que ha sido puesta al descubierto y que ha merecido una fuerte
sancion por parte de la Autoridad Local de Agua de la provincia de Huaura.
Mediante Resolución
Administrativa N° 0167-2012-ANA-ALA Huaura, la empresa Agropecuaria San Ramón
S.A.C., de propiedad del Congresista de la República Elard Melgar Valdez fue
sancionada con treinta Unidades Impositivas Tributarias (30.00 UIT), por la utilización
del recurso hídrico sin contar con el derecho de uso de agua correspondiente y
por destinar las aguas a uso o predio distinto para el cual fueron otorgadas
sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.
Con fecha 23 de febrero
del 2012, se inicia el procedimiento sancionador a la empresa Agropecuaria San
Ramón E.l.R.L., en virtud de lo constatado en el acta de inspección ocular de
fecha 21 de febrero del 2012, según el cual el indicado usuario estaría
utilizando un mayor volumen de agua al otorgado en sus respectivas licencias de
uso y por usar el agua en lugar distinto al que le fuera otorgado, los cuales
constituyen infracciones a los artículos 120º numerales 1, 2 y 57º numeral 1 de
la ley de Recursos Hídricos.
En su momento, el
representante de Agropecuaria San Ramón S.A.C. presentó su descargo, donde
alegó que en el acta de inspección ocular donde se señala que se encuentra en
posesión del predio Pampa Grande de 473.00 has., lo que no se ajusta a la
realidad; dado que son propietarios y poseedores legítimos del “Fundo Pampa
Grande”, con un área 507 has., el cual cuenta con 273 has de frutales como
palto, uva y granadilla y no con mas como precisa el acta. Asimismo aduce que
mediante el sistema de de riego le permite irrigar 273.00 has lo cual no
constituye de modo alguna infracción, sino un adecuado y optimo uso de agua;
Es así que mediante
informe N° 013-2012-ANA·ALA.H/IE de fecha 19 de marzo del 2012, se realiza la
evaluación de los hechos y los descargos presentados, quedando acreditado que la
Agropecuaria San Ramón S.A.C., ha utilizado el recurso hídrico sin el
correspondiente derecho de uso de agua y ha destinado las aguas a predio
distinto para el cual fueron otorgadas, conforme se aprecia el acta de
inspección ocular de fecha 21 de febrero del 2012, suscrita por el
representante de la comisión de regantes San Felipe, Junta de Usuarios del
Valle Huaura, la Administración Local de Agua – Huaura y el representante de la
empresa Agropecuaria San Ramón S.A.C, recomendando sancionar con una multa de
30.00 UIT, (109,500 Nuevos soles).
Tras la evaluación
efectuada ha quedado acreditada que la empresa Agropecuaria San Ramón ha
incurrido en infracción tipificada en los numerales 1 y 2 del artículo 120°,
numeral 1 del artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con los
literales a) y g) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos
Hídricos, correspondiendo emitir la resolución de sanción por infracción muy
grave.
La pregunta que surge es
cómo la Junta de Usuarios de Huaura ha venido permitiendo el uso ilegal del
agua de grandes empresas que teniendo licencia para irrigar pequeñas hectáreas
han venido regando grandes extensiones, sin pagar por su uso. Fuente: ECOS
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